PROYECTO DE LEY: DISPONER QUE, EN LAS FACTURACIONES POSTERIORES A LA EMERGENCIA SANITARIA ESTABLECIDA MEDIANTE DECRETO N 361/20 M.S., LAS EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA QUE OPERAN EN LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, APLIQUEN EL MENOR CONSUMO REGISTRADO EN LOS ÚLTIMOS TRES (3) AÑOS PREVIO A LA EMISIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE AL MISMO PERIODO PARA AQUELLOS USUARIOS DE LA CATEGORÍA T1 RESIDENCIAL (T1R) QUE NO CUENTEN CON TELEMEDICIÓN.