Justicia tributaria y contributiva


Ley de Emergencia Solidaria para que quienes más han ganado más aporten

  • 2020-06-26
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    El Poder Ejecutivo Provincial presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley para asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado, garantizar derechos esenciales y asistir al sistema de salud en la pandemia. El presidente de la Cámara de Diputados, Angel Giano, valoró la iniciativa que procura un esfuerzo colectivo y solidario en base a quienes más ganancias han tenido y tienen mayor capacidad contributiva.

    Esta mañana el gobernador Gustavo Bordet ingresó a la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto de Ley que declara hasta el 30 de junio de 2021 (prorrogable por única vez por 180 días) el estado de emergencia pública en materia económica, sanitaria, administrativa y previsional por un año, aplicada a los tres poderes, municipios adheridos al sistema previsional, entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades del Estado.

    "Es una ley progresista que claramente busca la solidaridad”, expresó Giano. Además, el representante del Poder Legislativo explicó que también "pretende la centralización del aumento de los haberes en manos del Poder Ejecutivo en base a paritarias que se acuerde con los gremios, porque hay organismos del Estado que tienen regímenes especiales para aumentar salarios a diferencia del Ejecutivo. Por lo tanto, se quiere que, cuando se puedan aumentar los sueldos, el porcentaje sea el mismo para todos los poderes y organismos del Estado".

    El proyecto tiene como objetivos:

    - Asegurar el cumplimiento de funciones inherentes a la administración pública consistente en el sostenimiento y fortalecimiento del sistema de salud, seguridad, servicios públicos esenciales y el cumplimiento de las obligaciones del Estado.

    - A nivel impositivo, procurar un esfuerzo colectivo basado en la capacidad contributiva para superar la crisis económica de la provincia.

    - Fortalecer el carácter solidario, proporcional y equitativo del régimen provisional con la finalidad de asegurar la sustentabilidad del sistema.

    El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo aumenta la base imponible para el pago de impuestos de las entidades financieras, modifica la alícuota establecida por el Art. 8 de la Ley Impositiva 9.622 para la actividad de comercio mayorista de medicamentos para uso humano, que quedará fijada en un 4% mientras dure la emergencia dictada. Además, establece que en dicho período se realice un aporte extraordinario del 10% de Impuesto Inmobiliario Anual, aplicable a los inmuebles de la planta 6 y 7 de una superficie igual o superior a las 1.000 hectáreas. 

    El proyecto de Ley establece, en el marco de la emergencia declarada, los porcentajes de los aportes personales, calculados sobre el total de la remuneración liquidada al personal en actividad que perciben más de $ 75000, orientados a reforzar el carácter solidario del sistema y requiriendo un esfuerzo temporal por parte de los aportantes con mayores recursos.

    Asimismo, se determinan los aportes solidarios, calculados proporcionalmente al nivel de ingresos, a detraer sobre el monto total nominal liquidado a cada uno de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones provincial que perciben mas de $ 75000, con el fin de cubrir el déficit previsional.

    “Las medidas que se proponen obedecen a un propósito de justicia contributiva y tributaria, resultando razonables las restricciones que eventualmente pudieran imponerse en función de la entidad de la crisis que busca superarse”, se afirma en el texto presentado.